Constituir una sociedad legal en el Uruguay suele ser un trámite muy común y se tarda menos de treinta días en quedar pronto. Según las ultimas estadísticas en este tema Uruguay es casi de los mejores países junto con Chile a la hora de abrir una sociedad legal.
Repasemos entonces algunos tips a tener en cuenta cuando vamos o queremos abrir una empresa aquí en el país. Por ejemplo un punto muy importante que debemos tener en cuenta, una vez elegido el tipo de sociedad debemos ir con una persona que entienda del asunto en lo posible a inscribirlo al Registro público de comercio del Uruguay.
El plazo para hacerlo no puede superar bajo ningún concepto los 30 días desde el momento que se le otorgó fecha d inscripción. Los que pueden pedir fecha para inscribirse son los mismos dueños de la sociedad o una persona autorizado por ellos que cumpla esta función, normalmente se lo deriva a un escribano o contador de la futura empresa.
Para que una empresa quede oficialmente con su sociedad constituida al menos tendrá que aparecer en el Registro Público de Comercio salvo las excepciones de la S.R.L y las S.A que cuya regularidad deberán realizar las publicaciones previstas.
Otro concepto importante a tener en cuenta es una vez elegida la sociedad legal deberá si o si notificarse bajo escritura pública obviamente bajo la autorización y firma de una escribano público.
La escritura deberá tener los siguientes conceptos o información: quienes son los que participan de la sociedad, cual fue el tipo de sociedad elegida, denominación de la misma, domicilio elegido para la empresa, cual es el objeto o actividad que se propongan realizar, cual es el capital a utilizar, los aportes de la misma, diferenciar bien claro como se distribuirán utilidades y como se soportan las posibles pérdidas, la administración y cuál es el plazo de la sociedad legal. Un punto importante a tener cuenta es que las sociedades no podrán ser mayores a los 30 años salvo la excepción de la Sociedad Anónima la S.A.
Por último en estas recomendaciones que debemos cumplir ya que así lo marca la norma en el Uruguay es que cualquier publicación exigida legalmente sin determinación del órgano de publicidad o del numero de días, deberá efectuarse a través del Diario Oficial y además deberá tener la publicación en otro diario cualquiera del Uruguay.
Este último punto dice además que el diario extra deberá ser del punto del país donde se encuentra registrada la sociedad comercial legal, en caso que en ese punto no hubiese diario local se podrá publicar en el departamento en cuestión o en su defecto si así lo prefieren en la capital Montevideo.
Muy bien espero que haya sido de ayuda para quienes piensan abrir una sociedad comercial. Lo que les pido siempre es que a la hora de pensar en un tipo de sociedad lo consulten con alguna persona erudita en el tema, nunca esta demás asesorarse antes de iniciar este trámite legal, ya que luego nos puede traer problemas internos.